REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA EXPERIMENTAL LIBERTADOR
INSTITUTO PEDAGÓGICO DE BARQUISIMETO
“LUIS BELTRAN PRIETO FIGUEROA”
Ensayo
INTEGRANTE:
Olga Cuevas C.I. 11702969
UPEL-IPB
Email: olgacuevasm@yahoo.es
Prof. Asesor: Jorge José Pérez Valera
Barquisimeto, Septiembre del 2010
REBAÑO Y ETICA.
En nuestro país el rebaño cubre en gran parte el área pecuaria y ha tomado gran auge en el desarrollo agropecuario, por decirlo de esa forma, aunque el área pecuaria no se le había dado importancia luego de la aparición del petróleo, en estos términos el área pecuaria queda en un segundo plano.
En cierto modo, es necesario enriquecer y afianzar mas este tema, puesto que en la actualidad se ha retomado con mucho entusiasmo para recuperarla y de esta manera tener una visión agroalimentaria que beneficiara a una población.
En este mismo orden de ideas, es considerable retomar este tema, ya que, nos involucra a la comunidad en general para tomar conciencia de lo fundamental y vital que es aprender todas estas labores que en el rebaño de puedan realizar.
Ahora bien, por la experiencia de varios productores y en particular, al rebaño mientras menos maltrato se le realicen, de obtendrá mayor beneficio, puesto que el animal tiene mayor rendimiento en cuanto a producción de refiere.
Por otro lado, el decreto legislativo 2/2008 de 15 de Abril, en el que se aprueba el texto refundido de la ley de protección de los animales tiene como finalidad y principios lo siguiente:
1.- La finalidad de esta Ley es alcanzar el máximo nivel de protección y bienestar de los animales, y favorecer una responsabilidad más elevada y una conducta más cívica de la ciudadanía en la defensa y la preservación de los animales.
2.- Los animales son seres vivos dotados de sensibilidad física y psíquica, así como de movimiento voluntario, y deben recibir el trato que, atendiendo básicamente a sus necesidades etológicas, procure su bienestar.
3.- Nadie debe provocar sufrimientos o maltratos a los animales o causarles estados de ansiedad o miedo.
4.- Los animales de compañía no pueden ser objeto de embargo en ningún procedimiento judicial.
Es importante recalcar que este decreto fue aprobado para establecer protección y bienestar de los animales, y también de le puede agregar a esto, que con este decreto el productor tiene la obligación de no causar ningún sufrimiento al animal puesto que también es un ser vivo y merecer buen trato.
Seguidamente es necesario aclarar algunos términos que se vinculan con este tema las cuales son:
Rebaño: Es un conjunto de animales o grupo de cabezas de ganado.
Hombre: La terminología hombre viene de la especie Homo sapiens y que puede hacer referencia sin distinguir si es masculino o femenino, todo va a depender por el cual será citado o mencionado.
Es necesario indicar que por esta razón, se siente la inquietud puesto que anteriormente el estado físico ni psíquico del animal, (hago referencia al maltrato del hombre hacia el animal), y en la actualidad al animal se trata en lo posible de no causar ningún daño físico al animal.
De igual forma internacionalmente se esta implementando no maltratar al animal pues estudios de investigación ha demostrado que el animal tiene mayor rendimiento en su producción y de esta forma se garantiza a la población una eficiencia agroalimentaria internacional. Sin embargo, a nivel nacional de esta iniciando este nuevo decreto que beneficiara a los productores de nuestro país.
Debido a esto el productor ha visto mayor rendimiento en su rebaño, por tal razón, se ha considerado que mientras menos daño se le haga al rebaño mayor producción se obtendrá.
Es importante señalar que al momento de aplicar estas prácticas es necesario tomar conciencia que para un futuro se obtendrá mayor ganancia.
Por otro lado, la persona encargada para aplicar estas labores debe ser calificada, es decir, tener experiencia en esta área aunque estas tareas las puede hacer con mucha tranquilidad el productor tomando la previsión de una previa capacitación.
El rol del docente como investigador implica que posea conocimientos, habilidades, destrezas, actitudes y valores que le permitan conocer la realidad socio-educativa e incorporarse efectiva y permanentemente a la investigación y como promotor social debe poseer conocimientos, habilidades, destrezas, actitudes y valores que le permitan lograr una efectiva integración escuela-comunidad. Finalmente, para que el docente pueda desarrollarse adecuadamente en los roles anteriores, debe ser un líder, un guía en el proceso donde los alumnos logran su autorrealización.
Ética.
Cabe resaltar que éticamente hablando hoy el profesional de la educación tiene mayor claridad de los factores que condicionan el desempeño docente, más allá de la formación y de los incentivos económicos y se comienza a tener una clara convicción sobre la necesidad de fortalecer su desarrollo integral, profesional y humano.
Indudablemente en esta disciplina la ética tiene como objeto los actos que el hombre realiza de modo consciente y libre (es decir, aquellos actos sobre los que ejerce de algún modo un control racional). No se limita sólo a ver cómo se realizan esos actos, sino que busca emitir un juicio sobre estos, que permite determinar si un acto ha sido éticamente bueno o éticamente malo.
Finalmente es necesario revisar con mayor profundidad de este tema, ya que, es de suma importancia pues para el productor y especialistas porque cada día la tecnología ofrece grandes aportes para una nueva formación de aprendizaje.
Una de las recomendaciones que se pueden sugerir con este tema es que se debe seguir fomentando nuevos conocimientos puesto que en el transcurrir de los años hay cambios y debemos estar actualizados en nuevos aprendizajes.
Fuente: www.tupeluqueriacanina. com/proteccion_animales.
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